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El Tribunal Supremo considera por fin los correos electrónicos como documentos

En una reciente sentencia del Pleno de la Sala de lo Social de 23 de julio de 2020 el Tribunal Supremo otorga a los correos electrónicos el valor de prueva documental a efectos de revisión fáctica de los recursos de casación. Con esta resolución se zanja un largo debate muy controvertido en todos los órdenes jurisdiccionales y por fin nuestro Alto Tribunal reinterpreta la normativa procesal para adaptarla a la realidad actual. Como dice el párrafo quinto de su fundamento de derecho cuarto: "El avance tecnológico ha hecho que muchos documentos se materialicen y presenten a juicio a través de losnuevos soportes electrónicos, lo que no debe excluir su naturaleza de prueba documental, con las necesariasadaptaciones (por ejemplo, respecto de la prueba de autenticación). Si no se postula un concepto amplio deprueba documental, llegará un momento en que la revisión fáctica casacional quedará vaciada de contenido sise limita a los documentos escritos, cuyo uso será exiguo." Sin duda un paso importante en el Derecho y en el mundo digital.

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